I) NOMBRE Y SEDE DE LA FEDERACIÓN_ IV) LOS MIEMBROS Y LA COTIZACIÓN
VI) TAREAS DE LOS DIFERENTES ORGANISMOS
VII) DECISIONES Y FORMAS DE RESOLVER |
I) NOMBRE Y SEDE DE LA FEDERACIÓN1- El nombre oficial de la FEDERACIÓN es URUGUAYANSKA RIKSFÖRBUNDET. FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES URUGUAYAS EN SUECIA, FOUS. La FEDERACIÓN nuclea a aquellas organizaciones que se sientan vinculadas con Uruguay. 2- La actividad de la FEDERACIÓN se desarrolla en todo el país. |
II)FINES3- La FEDERACIÓN bregará por difundir interna y externamente las facetas de la cultura uruguaya en lo referente a sus aspectos sociales, políticos, económicos, históricos, artísticos, deportivos, etc. 4 - La FEDERACIÓN fomentará la profundización de los lazos sociales y culturales con Suecia, generando para ello actividades concretas y difundiendo información de interés –actualizada- entre sus miembros y hacia la sociedad en general. La Federación hará hincapié en desarrollar la integración en todas las formas posibles con el medio sueco, con otras nacionalidades , entre niños, jóvenes y adultos. 5- La FEDERACIÓN mantendrá vínculos amistosos, solidarios y de cooperación con federaciones similares de uruguayos en otros países así como con las organizaciones similares de otros grupos étnicos o nacionalidades. La solidaridad y amistad con las comunidades hispanohablantes similares es prioritaria. 6- La FEDERACIÓN bregará por entablar y profundizar los contactos con todas aquellas instituciones y/u organizaciones, que coincidan con sus principios. 7- Obrar en pro de los intereses específicos de los residentes uruguayos en Suecia, buscando la máxima equiparación con los ciudadanos suecos tanto en caso de serlo formalmente o no. 8- Promover iniciativas ante las autoridades de Suecia y Uruguay que permitan aumentar el conocimiento de la realidad de los miembros de la FEDERACIÓN así como buscar soluciones adecuadas a problemáticas concretas tales como trámites de estudio, jubilaciones y otros derechos ciudadanos. 9- Fomentar contactos de cooperación con instituciones idóneas, organismos y autoridades suecas, uruguayas, internacionales, etc. 10- Apoyar a los sectores discriminados en sus iniciativas y aspiraciones en todos los campos. La Federación se opone a todo tipo de discriminación y bregará por el establecimiento de una sociedad igualitaria. Dedicar especial atención al trabajo dirigido hacia la niñez y juventud, mediante la realización de actividades orientadas a desarrollar en ellos los sentimientos de solidaridad. |
III) PRINCIPIOS11- La FEDERACIÓN se rige por la Declaración de Principios que es indivisible de estos Estatutos. |
IV) LOS MIEMBROS Y LA COTIZACIÓN12– Pueden ser miembros de la FEDERACIÓN aquellas organizaciones que tengan un vínculo con el Uruguay. Son miembros todas aquellas organizaciones que aceptan la Declaración de Principios, los Estatutos y pagan puntualmente la cotización estipulada. La Federación encarará con énfasis la participación de dichas organizaciones tratando en todo momento de procurar su colaboración en las actividades que se decida impulsar. 13- Tanto la adhesión a la FEDERACIÓN como la desvinculación de la misma, se efectuará libremente y por escrito. 14- Toda Organización deberá presentar por escrito la cantidad de socios que tiene y su Declaración de Principios. Es deber de cada organización presentar todos los años, la lista actualizada de sus miembros. 15- Los miembros de una Organización, no podrán figurar en más de una lista de las organizaciones afiliadas a la FEDERACIÓN. Se considera como Organización a las asociaciones que tengan personería jurídica, se exhorta a todos los uruguayos que, por la naturaleza de su actividad, ubicación geográfica, vivienda, etc. no pertenezcan a ninguna organización, incorporarse a la mas cercana al lugar de su residencia. En caso de que a pesar de ello existan familias y/o grupos que viven en ciudades aisladas, la FEDERACIÓN podrá hacer excepción y considerará su aceptación como socio con los deberes y derechos que establece el Estatuto. 16- La COMISIÓN DIRECTIVA tendrá la tarea de integrar a la FEDERACIÓN a las nuevas organizaciones que pidan su ingreso siendo esta decisión ratificada por el próximo Congreso. 17- Todas las organizaciones que deseen ser miembros de la FEDERACIÓN deberán pagar una cuota de integración y una cuota anual que serán decididas por el Congreso. La cuota anual comprende el período 1/1 al 31/12 (Año Calendario). 18- Se exhorta a los socios a trabajar por mejorar la FEDERACIÓN, colaborar en alguna actividad específica y participar en el Congreso. |
V) ORGANIZACIÓN
19- La Federación es el instrumento de planificación, coordinación y ejecución de los objetivos trazados y aprobados en su CONGRESO.
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VI) TAREAS DE LOS DIFERENTES ORGANISMOSAdemás de las ya mencionadas son competencia de los distintos organismos las siguientes:
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VII) DECISIONES Y FORMAS DE RESOLVER53- La FEDERACIÓN priorizará la búsqueda del consenso antes de adoptar decisiones. 54- Normalmente se decidirá por aclamación, es decir, la reunión responderá con un ”sí” o un ”no” ante una propuesta concreta. 55 – Si no hay acuerdo se procederá al conteo de votos. 56- La votación es abierta salvo que se resuelva el voto secreto en algún asunto de suma importancia. 57- Normalmente se decidirá por mayoría simple. 58- En caso de empate se pasará a votar de nuevo. 59- En caso de nuevo empate el presidente tiene derecho a doble voto. 60- Las votaciones de suma importancia se decidirán por mayoría y además la moción ganadora deberá ser aprobada por el 50% de las organizaciones miembros. 61- Tanto las secretarías como las organizaciones podrán presentar asuntos que consideren de suma importancia, los cuáles se resolverán de acuerdo al punto anterior. |
VIII) MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS62- La modificación de los estatutos sólo será posible en el CONGRESO ANUAL ORDINARIO y para proceder a la misma se requerirá la aprobación de las dos terceras partes de los representantes presentes. El CONGRESO decidirá en cada caso a partir de cuándo entra en vigencia la modificación aprobada. La entrada en vigencia de una modificación no podrá demorarse más allá de un ejercicio del CONGRESO. IX) FONDOS DE LA FEDERACIÓN 63- La FEDERACIÓN – que es una organización sin fines de lucro y no comercial - trata de financiar su actividad utilizando las siguientes fuentes: - La cotización aportada periódicamente por sus miembros. - Las subvenciones y colaboraciones que se puedan obtener de organismos idóneos en Suecia, Uruguay o en otros países. - Las donaciones públicas y desinteresadas de personas u organizaciones idóneas. - La realización de diversas actividades sociales y culturales dentro del marco de lo establecido por la legislación y disposiciones vigentes. 64- La FEDERACIÓN se rige por criterios de absoluta transparencia y cristalinidad en asuntos de dinero y patrimonio. 65- Centralización de las finanzas: independientemente de que los fondos sean obtenidos centralmente o través de las organizaciones miembros, los mismos serán administrados y canalizados centralmente. 66- Es tarea del tesorero, la COMISIÓN DIRECTIVA y todos los miembros velar por el patrimonio social. 67- La firma autorizada de la asociación será responsabilidad conjunta del presidente, el secretario y el tesorero, requiriéndose sin excepción las firmas del tesorero y otro cualquiera de los nombrados para realizar cualquier operación que involucre dineros. |
IX) DISOLUCIÓN DE LA FEDERACIÓN68- La existencia de la FEDERACIÓN es por tiempo indefinido. 69- La FEDERACIÓN podrá disolverse por decisión del CONGRESO EXTRAORDINARIO citado con una anticipación de por lo menos dos meses y con ese exclusivo propósito. 70- La decisión formal requiere que la disolución de la FEDERACIÓN y el destino del patrimonio sean considerados como asunto importante. |